¿QUIERES RECUPERAR TU DINERO?
Somos Expertos en Recobros
Todos los casos de recobros se inician por vía amistosa. Nos presentamos como la solución para alcanzar un acuerdo entre las dos partes. Nuestro cliente quiere que le paguen un dinero que le deben, y que no ha podido recuperar gestionándolo él mismo.

Líder en recobros



Nosotros
Los Recobros Nuestro Día a Día
Estamos comprometidos con la recuperación de impagos de nuestros clientes tanto por vía amistosa como judicial. Desde que iniciamos nuestra actividad, son muchas las empresas y autónomos que a lo largo de los años nos han elegido para gestionar sus impagos.
El resultado de recuperar una deuda depende de la profesionalidad y responsabilidad de la empresa que ofrece el servicio.
Una vez introducidos los datos de la deuda en la web, en un plazo máximo de 24 horas, se activará el servicio de recobro. Nuestro gabinete jurídico contactará de inmediato con el deudor por diversos medios y se le avisará del inicio de acciones legales, así como de las responsabilidades civiles y penales asociadas al impago.
Si amistosamente, y en los primeros 20 días hábiles, no se llega a cobrar la deuda, el cliente podrá decidir de forma voluntaria si dar un paso más e iniciar la vía judicial. Esta vía no tiene un coste añadido, pues está incluida en la tarifa contratada, teniendo en cuenta los límites de dicha tarifa. Si el cliente decide seguir con el proceso judicial no tendrá que desplazarse de su domicilio. Tan sólo habrá que firmar una documentación que le prepararemos, y enviarla a la dirección que le indiquemos. Una vez empiecen a llegar comunicaciones del juzgado, nos encargaremos de la contestación, subsanación y gestión de cualquier incidencia que se desarrolle durante el procedimiento.
Una vez obtenida una sentencia estimatoria, el despacho de abogados procederá a solicitar la ejecución de la sentencia cuando ésta sea firme y, en su caso, también las medidas a ejecutar contra el deudor, así como los embargos que se deban realizar con el fin de asegurar el cobro de las deudas.
Requisitos para la tramitación.
Para tramitar el cobro de una deuda, deben de cumplirse una serie de requisitos
Hay que tener en cuenta el tipo de deuda a reclamar. Nuestros Abogados recomiendan que no supere los 5 años de antigüedad. Tras la reforma del código civil en el año 2015, en muy excepcionales casos, puede ser de mayor antigüedad.
Los tipos de deudas a reclamar pueden ser: • Impago de facturas • Deuda generada por contratos • Préstamos • Impagos de cuota de comunidad • Alquiler • Cualquier otro tipo de reclamación de cantidad No se podrá reclamar por esta vía a organismos públicos, (Ayuntamientos, Comunidades Autónomas, etc). Para ese propósito se utiliza el proceso contencioso administrativo.
El requisito mínimo para poder reclamar es disponer de al menos un documento que justifique la deuda (exigible, líquida, vencida) donde se demuestre la relación entre ambas partes. Es muy importante que esté firmado por el propio deudor. • Facturas • Albaranes • Hojas de pedidos • Contratos celebrados entre las partes • Correos electrónicos • Pagarés • Devoluciones Bancarias
Empleamos los recursos necesarios y un sistema inteligente de gestión de cobro de morosos innovador para alcanzar los mejores resultados en todos nuestros expedientes.
Nos distinguimos por la calidad del servicio que ofrecemos en el esfuerzo constante de nuestros profesionales, en proporcionar a los clientes soluciones a los problemas de impago de forma constante, personalizada y profesional, por ello somos una de las empresas de recobros mejor valoradas en España.

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Aportamos múltiples soluciones y negociamos con el deudor con un sistema innovador.
extrajudicial o judicial
Consulta el Estado
El cliente estará informado en todo momento del estado del expediente tanto en la vía amistosa como en la judicial. Desde el área privada tendrá un seguimiento del estado del recobro. También recibirá notificaciones cada vez que exista alguna novedad referente a su expediente

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